La recuperación de la información jurídica por medio de internet presenta ciertas dificultades originadas en cuestiones, por el momento, insoslayables. Todo ello, pese a los esfuerzos empeñados por los actores.
Existe una delimitación irreconciliable entre el lenguaje vulgar, el lenguaje jurídico y el lenguaje ensayado por los motores de búsqueda en internet.
Las mencionadas incompatibilidades producen una atomización de valiosa información jurídica provocando que el derecho sea universalmente inaccesible, para los variados usuarios de internet, en desmedro a la idea de que el acceso a la información jurídica debe ser universal y facilitado a todas las personas.
Como comunicadora de contenidos jurídicos, habitualmente me sucede al intentar transmitir una idea jurídica por medio de la palabra a través de internet; encontrarme en la obligación de hacerme los siguientes planteos:
- ¿Qué término vulgar utilizaría cualquier persona para encontrar información sobre un problema jurídico que lo afecta?
- ¿Cuáles serían los términos técnicos jurídicos que usaría un abogado para recuperar artículos de doctrina o jurisprudencia para resolver un caso?
- ¿Qué impone el motor de búsquedas cómo palabras claves, frases más buscadas, y demás requerimientos para posicionar un artículo en internet (conocido como SEO)?
En la práctica, la tercera cuestión se impone en el medio web, porque si un contenido jurídico no se muestra dentro de los diez primeros resultados de búsqueda que arroja el motor de internet (Google, Bing, Yahoo, y otros), difícilmente algún usuario pueda acceder a esa información jurídica, entonces no sólo queda atomizada sino eclipsada y por lo tanto inaccesible.
Ahora bien, el lenguaje jurídico es “un lenguaje técnico muy especializado y preciso. Como lenguaje científico incluye un léxico especial y propio pero además incorpora vocablos y tecnicismos de otras lenguas y disciplinas, lo que le hace ser un lenguaje de difícil comprensión para el ciudadano común. A todo ello, habría que añadir las imprecisiones y ambigüedades propias del lenguaje natural que igualmente incorpora (1).” Con lo que resulta engorroso adecuarlo a los términos de búsquedas de internet (conocido como palabras clave) y asimismo al vocabulario vulgar.
Sin embargo, como señala el Informe de la Comisión de Modernización de la Justicia (2), debe imponerse:
“El derecho a comprender y la modernización de la justicia”.
En efecto, señala la mencionada Comisión que:
“Los científicos explican en términos sencillos fenómenos tan complejos como la física cuántica o la regeneración celular. Lo mismo puede hacerse con el derecho (3)”.
Aunque el Informe se refiere al ámbito de la Administración de Justicia, estoy convencida que sus enunciados e ideas esenciales pueden ser aplicadas al ámbito de internet como medio público de acceso a la información.
En cuanto al lenguaje jurídico, adhiero a lo que se afirma en el mencionado Informe: “Todo buen profesional del derecho es y debe ser capaz de explicar con sencillez y claridad el significado de un determinado acto o resolución (4).”
Ahora bien, ¿es posible y necesario construir un lenguaje jurídico universal? Acerca de la necesariedad no me cabe ninguna duda, y los fundamentos principales se han expresado al comienzo. Respecto de la posibilidad:
Que el derecho se vuelva accesible es algo que ya está sucediendo, la modernización de la Justicia no sólo se encuentra planteada en España, sino también en Argentina en la que tal anhelo se convierte en un proyecto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que si bien, aun en sus comienzos, hace vislumbrar una mejoría próxima. Las dificultades del proyecto son muchas y especialmente en el hecho de que el Derecho por un lado se renueva permanentemente, pero por el otro, tiene raíces históricas que lo hace persistir en el uso de ciertas categorías del lenguaje antiquísimas para recuperar cierto tipo de información científica. Asimismo se suman los esfuerzos particulares por difundir el derecho y facilitarlo a la población, que inspiran esta web.
Respecto de internet, el escollo es mayor y en un punto insuperable, porque el lenguaje natural difícilmente pueda ser soportado por un sistema de lenguaje controlado. Si bien, los motores de búsquedas, intentan proyectarse en ofrecer una web semántica, lo cierto es que, ante la imposibilidad material de acertar, siguen imponiendo las reglas de su lenguaje. Para comprobarlo, es suficiente con que el usuario comience a redactar una frase en la caja de búsqueda para que el motor le ofrezca inmediatamente su vocabulario controlado, sus palabras claves y sus frases populares de búsquedas.
Con ello, no hace más que debilitar el lenguaje y su eficacia. Este lenguaje adolece de satisfacer a los usuarios. Porque, en los lenguajes artificiales –afirma – Wittgenstein (5) se ha practicado sobre ellos una desambiguamiento exhaustivo y pronto se ven reducidos por su debilidad lingüística para la descripción de contextos situacionales complejos, mostrándose por lo mismo como calificadores o desigualadores ineficaces. Por consiguiente, y con más razón, este sistema resulta ser un recurso altamente rudimentario para la recuperación de información jurídica.
Quizá a estas alturas, vale preguntarse si el problema radica en el lenguaje controlado, en quien impone las reglas, o rotundamente en la multiplicidad y cantidad de lenguajes controlados que sobre una misma materia existen. Me inclino por la tercera.
Porque en definitiva, es una realidad que el lenguaje natural no puede imitarse, por ello mismo se distingue. Sin embargo, difícilmente podamos prescindir de un lenguaje jurídico controlado, propio y específico; la cuestión es reconstruirlo con alcance universal.
En cuanto a internet y sus motores de búsquedas, para el supuesto caso, no le quedará otra opción que reconocer e incorporar aquél lenguaje, es decir que quien hasta ayer imponía las reglas en el medio web, se encontrará compelido a utilizar un único lenguaje jurídico de validez universal.
Notas:
1. Mario Saquel. Informática Jurídica Documental [documento HTML]. Santiago de Chile: Facultad de Derecho, Universidad de Chile, 1998. Obra citada por J. Tomás Nogales Flores y Bonifacio Martín Galán en Difusión y recuperación en la Web de documentos jurisprudenciales haciendo uso de la tecnología XML.
2. Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico. 30/12/2009. España. Comisión creada por acuerdo del Consejo de Ministros.
3. Informe…Ob. Citada.
4. Informe…Ob.Citada.
5 . Albano, Sergio. Wittgenstein y el Lenguaje. Pág.71. Editorial Quadrata. Año 2006.
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