Written by Suarez Carina on 11 Septiembre 2009 – 0:24
Los trabajadores de alta dirección, los de más alto nivel de las empresas, suelen estar inscriptos a ciertas modalidades especiales en sus contratos individuales de trabajo.
El contenido del contrato de trabajo de alta dirección reconoce figuras
especiales como:
a) el “bono de pase” (hiring bonus) como una suerte de suma única que se le abona a una persona para que abandone la empresa en donde trabaja y mude hacia la nueva empresa, algo así como el precio por la pérdida de los derechos adquiridos o del mismo riesgo que el cambio de trabajo pueda generar.
Consiste en una bonificación por contratación para captar ejecutivos que ya están contratados en otra empresa; se trata de un pago único y el ejecutivo se comprometerá a trabajar por un plazo mínimo en la nueva empresa y a lograr ciertos resultados.
Generalmente no se le abona esta suma en forma entera sino una parte al ingresar al nuevo trabajo y el resto se difiere en el tiempo, según fechas que se hayan pactado; todo ello con el fin de que si el ejecutivo abandona la firma antes del tiempo pactado no se le pagará el resto del bono de pase que quede como saldo.
b) ” golden parachute” : en esta modalidad se ampara al ejecutivo del despido temprano, es decir el que se produzca entre el primer a segundo año de prestación en el empleo; por lo tanto se establece en el contenido del contrato individual del trabajo que en caso de despido en estas condiciones la empresa abonará una indeminización agravada, aumentada por encima de lo que establece la ley de contrato de trabajo. Todo siempre y cuando se trate de un despido sin causa; de lo contrario le corresponderán solamente los topes establecidos por la ley de contrato de trabajo.
c) stock options: se trata de derechos accionarios, que se le otorga al ejecutivo estableciéndose un plazo mínimo para poder vender las acciones de 2 o 3 años, sería algo semejante como la participación en las ganancias de las empresas, este sistema resulta estimulante y motivador para el trabajador; se rige por el derecho comercial y no por el derecho laboral.
d) housing: se aplica en el caso de traslado del ejecutivo fuera de su lugar de residencia y consiste esencialmente en vivienda y un conjunto de prestaciones accesorias a ésta como para compesar el hecho de que el trabajador se encuentra viviendo fuera de su domicilio habitual a los fines de prestar servicios a la empresa. Lógicamente este derecho se extingue cuando el trabajador regresa a su lugar o se extingue la relación de trabajo.
e) training: se garantizan al trabajador de alta dirección una serie de beneficios en el ámbito de la capacitación académica ya sea la participación en congresos internacionales, cursos especiales, becas, gastos de viáticos y accesorios.
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